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El Título de Bachiller posibilita el acceso directo a los ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional y el acceso a la Universidad, una vez superada la correspondiente prueba.
Estas enseñanzas se podrán organizar en cada instituto de educación secundaria de acuerdo con uno de los siguientes modelos:

Bachillerato nocturno
BACHILLERATO
Bachillerato nocturno
El Título de Bachiller posibilita el acceso directo a los ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional y el acceso a la Universidad, una vez superada la correspondiente prueba (EBAU).
Estas enseñanzas se podrán organizar en cada instituto de educación secundaria de acuerdo con uno de los siguientes modelos:
Bachillerato en tres cursos académicos (modelo A):
Las materias correspondientes al Bachillerato general se distribuyen y agrupan en tres bloques para cada modalidad, y cada bloque se cursa en un año académico. Los alumnos se matricularán cada año en uno de los bloques establecidos de forma progresiva.
Bachillerato general en dos años (modelo B):
Las materias se configurarán con la misma ordenación establecida para el Bachillerato general y se desarrollarán y cursarán en dos años académicos. El alumno puede matricularse de hasta siete materias en el modelo A y de hasta diez materias en el modelo B. No hay límite de convocatorias ni de permanencia. La asistencia a clase es obligatoria.
Requisitos académicos:
Podrán acceder a los estudios de Bachillerato para personas adultas quienes estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de cualquiera de los títulos de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional, o de Artes Plásticas y Diseño, o Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior, así como de aquellos títulos declarados equivalentes a efectos académicos.
Normativa vigente
Decreto n.º 221/2015, de 2 de septiembre de 2015, por el que se establece el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Orden de 5 de mayo de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades por la que se regulan los procesos de evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Resolución de 20 de junio de 2017, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se establece el proceso de admisión de alumnos en centros públicos para cursar Bachillerato para Personas Adultas en Régimen Nocturno y a Distancia en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el curso académico 2017-2018.
Resolución De 19 De Julio De 2017, De La Dirección General De Formación Profesional Y Enseñanzas De Régimen Especial, por la que se establecen criterios de organización del Bachillerato de Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Bachillerato a distancia
BACHILLERATO
Bachillerato a distancia
El Título de Bachiller posibilita el acceso directo a los ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional y el acceso a la Universidad, una vez superada la correspondiente prueba (PAU).
Esta modalidad de Bachillerato se organiza de acuerdo a la ordenación establecida para el Bachillerato general diurno en dos años y se cursa en modalidad telemática (a través de la plataforma virtual Moodle EaD).
Las modalidades que definen el currículo de estas enseñanzas son las del Bachillerato en régimen general: Ciencias, Humanidades y Ciencias Sociales, y Arte.
El alumno puede matricularse de hasta diez materias. No hay límite de convocatorias ni de permanencia. Las materias de 2º de Bachillerato cuyos contenidos son total o parcialmente progresivos estarán condicionadas a la superación de las materias de 1º.
Requisitos académicos
Podrán acceder a los estudios de Bachillerato para personas adultas quienes estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de cualquiera de los títulos de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional, o de Artes Plásticas y Diseño, o Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior, así como de aquellos títulos declarados equivalentes a efectos académicos.
Centros donde se imparte
Normativa vigente
Decreto n.º 221/2015, de 2 de septiembre de 2015, por el que se establece el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Orden de 5 de mayo de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades por la que se regulan los procesos de evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Resolución de 20 de junio de 2017, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se establece el proceso de admisión de alumnos en centros públicos para cursar Bachillerato para Personas Adultas en Régimen Nocturno y a Distancia en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el curso académico 2017-2018.
Resolución De 19 De Julio De 2017, de La Dirección General De Formación Profesional Y Enseñanzas De Régimen Especial, por la que se establecen criterios de organización del Bachillerato de Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.